Siniestros y aseguradoras. Derechos del asegurado.
Las compañías aseguradoras tendrán que satisfacer al perjudicado mediante el importe de los daños sufridos en su persona y/o en sus bienes . El perjudicado o sus herederos tendrán la potestad o la acción directa para exigirlo. Solamente se quedará exonerado de la obligación si se prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil a la Ley. El derecho para poder exigir el pago del importe de los daños sufridos a la compañía de seguros se puede ejercer durante el plazo de un año desde que se produjo el siniestro. La compañía aseguradora, en el plazo de tres meses desde que recibe la reclamación, debe presentar una oferta motivada de indemnización . Si la compañía de seguros no cumple con esta acción incurrirá en una infracción administrativa que puede ser grave o leve. Una vez pasado el plazo de los tres meses sin que se haya presentado una oferta motivada de indemnización por una causa no justificada o que le fuera imputable al asegurador, se le devengarán unos...