Letras del Tesoro.Tributación.
Cada vez hay mas ahorradores que apuestan por la renta fija,
y concretamente por las letras del tesoro, representados exclusivamente
mediante anotaciones en cuenta.
Las letras del tesoro se originaron en 1987, al ponerse en funcionamiento
el Mercado de Deuda Pública en anotaciones.
El importe mínimo de cada petición es de 1000€ y las
peticiones por un importe superior han de ser múltiplos de 1000€.
Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con los siguientes plazos:
- Letras del Tesoro a 3 meses
- Letras del Tesoro a 6 meses
- Letras del Tesoro a 9 meses
- Letras del Tesoro a 12 meses
Calificación
Son activos financieros emitidos al descuento o de
rendimiento implícito por lo que la diferencia entre el importe obtenido en la
venta o amortización de la letra y el pagado en su compra tiene la
consideración de RCM sujeto, pues, al IRPF.
El rendimiento generado entre el importe de la compra y
venta o amortización de las Letras del Tesoro, cualquiera que sea su plazo, se
gravará como renta del ahorro. A estas se le aplica un tipo progresivo que será
del 19%, para los primeros 6.000€, DEL
21% entre 6000€ y 50.000€ del 23% entre 50.000 € y 200.000€, del 27% entre
200.000€ y 300.000€ y del 28% para las cantidades superiores.
Retenciones
No existe retención a cuenta sobre dicho rendimiento,
cualquiera que sea el perceptor del mismo.
M.S
¡¡¡Nuevos tiempos nuevas ilusiones ESPERANZA para TODOS!!!
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