RENTAS VITALICIAS.
💡Qué es una renta vitalicia
Realmente es un producto de ahorro que le brinda a su titular el derecho a recibir periódicamente (cada mes, trimestre, semestre o anualidad) una determinada cantidad de dinero a cambio de haber abonado a la entidad una determinada cantidad de dinero.
La mecánica es sencilla: una persona entrega una determinada cantidad de dinero a la entidad y ésta le abona periódicamente una renta económica hasta el fallecimiento del titular.
La renta vitalicia es un producto financiero ideal como complemento a los ingresos que el día de mañana recibamos en concepto de jubilación.
La renta que recibirá el titular vendrá determinada esencialmente por la edad del mismo y por la suma de dinero abonada a la entidad. Así pues, cuanto mayor sea dicha cantidad, mayor será la renta periódica, pero tendiendo también en cuenta otros factores como la edad y el sexo, entre otras razones de cara a calcular o estimar la esperanza de vida del titular del producto.
Digamos que una renta vitalicia es una forma de ahorrar dinero de cara a tu jubilación.
🔎Tipos de rentas vitalicias
Existen dos grandes tipos o clases de rentas vitalicias:
– Rentas inmediatas: el beneficiario comienza a cobrar al mes inmediatamente siguiente de haber depositado el capital correspondiente a la prima. Este tipo de renta vitalicia favorece a personas mayores de 60 años que inviertan entre 40.000 o 50.000 euros.
– Rentas diferidas: el beneficiario comienza a cobrar la renta según lo acordado en el contrato en una fecha futura determinada. Con esta opción una persona de 50 años que suscribe el contrato hoy puede establecer empezar a cobrarlo a los 65 años y se cobrará hasta el momento del fallecimiento del titular.
📉Rescate del capital de una renta vitalicia
Para entender esta cuestión decir que todo dependerá del tipo de renta vitalicia que se trate:
– Modalidad de capital cedido: no permite rescatar el dinero ni siquiera con el fallecimiento del titular. A cambio, las rentas periódicas son más elevadas.
– Modalidad de rentas constantes o capital reservado: sí se puede rescatar el capital cancelando el contrato en cualquier momento, pero se recibirá menos dinero que la prima. Además, tras el fallecimiento del titular, los beneficiarios pueden cobrar la prima en su totalidad que aportó el titular.
– Modalidad mixta: el capital se puede rescatar en cualquier momento, pero será menos dinero que la prima. Cuando fallece el titular, los beneficiarios solamente van a recibir un porcentaje del capital, con lo que a medida que va pasando el tiempo será menor la cantidad que reciban.
📌Qué ventajas tienen las rentas vitalicias
Entre las principales ventajas se pueden enumerar las siguientes:
- El titular recibirá periódicamente una renta económica, pase lo que pase, y ésta estará asegurada. Gracias a ello, se sabrá siempre en todo momento qué cantidad de dinero se va a recibir, hecho que facilita el poder organizar la vida, los gastos y el ocio.
- Se trata de un complemento perfecto para añadir a los ingresos de la jubilación y poder pasar el resto de nuestra vida más holgadamente y con menos preocupaciones económicas
- Desde el punto de vista de la fiscalidad tienen una gran ventaja desde los 50 años de edad, ya que tributan como renta de ahorro y no de trabajo (salvo que el capital aportado en su momento proceda de planes de pensiones u otros productos que permiten desgravar por las aportaciones). Además, no hay que pagar por el total de la renta percibidas, sólo por un pequeño porcentaje. La fiscalidad se va reduciendo a medida que aumenta la edad de contratación.
- De cara a organizar la herencia, facilita mucho las cosas, ya que el titular elige quienes heredarán la renta tras su fallecimiento, de manera que puede elegir a terceras personas ajenas a la familia como herederos (por lo que no tienen por qué ser los herederos legales) y elegir cómo recibirán el dinero (pago único o en forma de renta periódica).
💲Fiscalidad de las rentas vitalicias
Las rentas vitalicias no se consideran renta del trabajo, sino rendimiento de capital mobiliario dentro de las rentas del ahorro y solo se pagan impuestos por una parte de la renta, no por su totalidad.
También depende de la edad del titular, cuanto mayor sea menos paga. En la siguiente tabla se puede apreciar muy bien las diferencias:
- A partir de 70 años: renta exenta 92%, tributación 1,60%
- Entre 66 y 69 años: renta exenta 80%, tributación 4%.
- Entre 60 y 65 años: renta exenta 76%, tributación 4,80%
- Entre 50 y 59 años: renta exenta 73%, tributación 5,60%
- Entre 40 y 49 años: renta exenta 65%, tributación 7%
- Menos de 40 años: renta exenta 60%, tributación 8%
Si una persona se jubila y recibe su plan de pensiones y lo mete en una renta vitalicia, como el plan de jubilación ya tenían ventajas fiscales previas, la tributación se integrará con el resto de las rentas del trabajo como la pensión pública. En este caso tendrá el carácter de renta del trabajo.
Si se vende una vivienda o acciones de bolsa y con el dinero obtenido se mete en una renta vitalicia se logra la exención del pago de impuestos por la ganancia patrimonial. Para ello, el titular debe de tener mínimo 65 años de edad.
M.S
¡¡¡Nuevos tiempos nuevas ilusiones ESPERANZA para TODOS!!!
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