Recomendaciones de ahorro en el IRPF antes de que finalice el año natural.

 


Recomendaciones de ahorro en el IRPF antes de que finalice el año natural.




Siempre que nos acercamos al final de año surge la misma pregunta: qué podemos hacer para pagar menos el próximo año en el Impuesto sobre la Renta, en este caso el de 2020

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) propone 80 recomendaciones para optimizar la renta de 2020 y aquí vamos a ver las principales.

Aspectos a tener en cuenta en la Renta 2020

Plazo de reinversión

Como consecuencia de la declaración del estado de alarma, se paraliza el cómputo del plazo de reinversión, que es de dos años, para dejar exenta la ganancia patrimonial que se produce al transmitir la vivienda habitual, y que, por lo tanto, no se cuentan en dicho plazo los días transcurridos desde el 14 de marzo hasta el 30 de mayo de 2020.

Lo mismo ocurre con el plazo de seis meses para reinvertir en rentas vitalicias que tienen los mayores de 65 años cuando transmiten cualquier bien o derecho, para no tributar por la ganancia patrimonial obtenida.



Declaración de la renta en caso de ERTE

Si este año vas a obtener ingresos del trabajo superiores a 14.000 euros, en parte satisfechos por tu empresa y en parte por el SEPE al haber estado en ERTE, prepárate para la campaña de Renta 2020, porque tendrás que declarar y es muy probable que te salga a pagar. ¿Por qué? Los pagos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en función de su cuantía, no han sido objeto de retención, o esta ha sido mínima. Estás a tiempo, antes de finalizar el año, de solicitar a tu empresa que aumente la retención, para amortiguar el resultado de la declaración. También puede solicitarse al SEPE que lo haga, si se continúa en el ERTE hasta final de año. Sin embargo, sabemos que todavía hay sigue habiendo muchas incidencias con las prestaciones de desempleo derivadas de los ERTES y que estas gestiones pueden resultar complejas.

Consejos fiscales antes de que termine el año

Retribuciones en especie 

Retribuciones en especie que no tributan (cheque-transporte, el cheque-restaurante o el seguro médico que paga la empresa). Puede ser un buen momento para plantearlo de cara al año que viene. Es el caso del seguro médico que paga la empresa, para que sea retribución en especie exenta es necesario que el tomador del seguro sea la empresa que otorga tal retribución al trabajador.

Reducción en la transmisión de la empresa familiar

Si en 2020 has donado o vas a donar un negocio o las participaciones en una sociedad a través de la que realizas una actividad económica, comprueba que se cumplan los requisitos de la norma estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para aplicar la reducción en la transmisión de la empresa familiar porque, solo en ese caso, no pagarás por la ganancia patrimonial que se te haya puesto de manifiesto.



Rescate plan pensiones en forma de capital

Si tienes un plan de pensiones y la contingencia de jubilación o discapacidad tuvo lugar en 2012, no has cobrado prestaciones y quieres beneficiarte de un rescate en forma de capital con la reducción del 40% –solo posible por las prestaciones correspondientes a aportaciones realizadas hasta 2006–, el plazo máximo expira el 31 de diciembre de 2020. Y si la contingencia se produjo en 2018 el plazo máximo también finaliza en la misma fecha.

Compensar las pérdidas con ganancias

Aprovecha algún elemento patrimonial con liquidez para transmitirlo con pérdidas a fin de conseguir reducir la tributación de las ganancias patrimoniales obtenidas durante el año por otras transmisiones. Ahora bien, la pérdida no será aprovechable si volvemos a adquirir los elementos, en general en el plazo de un año y, si se trata de valores cotizados, en los 2 meses anteriores o posteriores.

En sentido contrario, aprovecha pérdidas patrimoniales por transmisiones del ejercicio, o que traigas arrastradas de años anteriores por no haber podido compensarlas, para reducir plusvalías generadas al transmitir elementos patrimoniales antes del 31 de diciembre. En este caso, incluso puedes volver a adquirirlos de nuevo.



Amortizar más hipoteca

Como siempre, puedes aprovechar para amortizar más hipoteca antes de que finalice el año, hasta un límite de 9.040 €, si aún tienes derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual en caso de haberla adquirido antes de 2013.

Deducción por donativos en la renta

Como para 2020 se ha incrementado la deducción por donativos en 5 puntos porcentuales, es fiscalmente interesante realizar donativos antes de finalizar el año y así ahorrar en la factura fiscal. En concreto, te podrás deducir el 80% de los primeros 150€ donados. El resto del donativo da derecho a deducir el 35% de su importe, salvo que realice donaciones habitualmente a esa misma entidad, en cuyo caso este último porcentaje será del 40%.



Aportaciones al plan de pensiones

Si haces aportaciones a sistemas de previsión social, como a planes de pensiones, podrás ahorrarte un porcentaje del importe destinado a este tipo de productos hasta el menor de los siguientes límites en 2020: 8.000 € o el 30% de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas. A final de año es el momento de pensar si interesa agotar el límite, sabiendo que el ahorro fiscal es el tipo marginal máximo aplicado a la aportación. Este año puede ser aún más interesante agotar el límite si consideramos que para el próximo se reducirá a solo 2.000 € si se aprueba en este punto el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

Si tu cónyuge obtiene ingresos del trabajo o de actividades económicas que no vayan a superar los 8.000€ en 2020, también podrás reducir su base haciendo aportaciones al plan del cónyuge antes de que termine el año, con el máximo de 2.500 €. Esto hay que tenerlo más presente ahora porque es posible que se reduzca el límite a solo 1.000€ si se aprueba en este punto el proyecto de Presupuestos para 2021.



Adelantar ingresos o rendimientos netos

Si tienes rentas del trabajo, del capital inmobiliario y de actividades económicas superiores a 300.000 € te puede convenir adelantar ingresos o rendimientos netos antes de que finalice el año, considerando que está previsto que la ley de Presupuesto para 2021 incremente 2 puntos porcentuales el gravamen a partir de dicha cuantía de base liquidable.

M.S

¡¡¡Nuevos tiempos nuevas ilusiones ESPERANZA para TODOS!!!









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